Rafa de la Sierra

-a A+
Sobre el concepto polí­tico de patochada

 "El hombre es dueño de sus silencios y esclavo de sus palabras".

mayo 2009

Yo creo que el Senador que nos dedica sus improperios debiera haber recordado este sabio principio antes de opinar precipitadamente sobre un tema tan importante, tan sensible y tan dado a polémica como es el denominado blindaje del Concierto Vasco y sobre la postura del Partido Regionalista de Cantabria sobre el mismo. Porque resulta llamativo que, en vez de una crítica política o económica razonada, descalifique las opiniones del Partido Regionalista tachándolas de patochadas.

Aceptado, sin embargo, a efectos puramente dialécticos el nuevo y elaborado concepto político de patochada que aporta nuestro Senador, podríamos analizar a quién le cuadra mejor este término y, sobre todo, cuál de las opiniones que se han expresado sobre el Concierto Vasco se acerca más a lo que la gente normal, incluida la Real Academia de la Lengua, entendemos por patochada: "Disparate, despropósito, dicho necio o grosero".

Asimismo, y aprovechando la ocasión, parece oportuno aclarar algunas cosas sobre este asunto tan de actualidad y, de paso, proponer a los ciudadanos alguna reflexión sobre los conocimientos del Senador y, probablemente, sobre su precipitación de juicio.

La primera patochada, en opinión del Senador, es la propuesta de modificación del Estatuto de Autonomía para compensar los posibles perjuicios que se derivan para Cantabria del Concierto Vasco y de su propuesto blindaje. Es más, desde la "legitimidad" que se atribuye, dictamina que "la reforma del Estatuto de Autonomía, para estos menesteres, no tiene ningún sentido".

Pues bien, sin ir más lejos, el Estatuto de Autonomía de La Rioja, tras la Reforma aprobada en 1998, recoge esta misma previsión y establece en su artículo 46 que "a los efectos de concretar los ingresos de la Comunidad Autónoma (...) se deberá tener en cuenta la corrección de los desequilibrios producidos en La Rioja por los efectos derivados de su situación limítrofe con otros territorios".

Es más, esta "corrección" se concretó en el año 2001 en una transferencia del Estado a La Rioja de 22 millones de euros. Y el diez de septiembre pasado, con el voto del PSOE de La Rioja, el Parlamento riojano aprobó por unanimidad solicitar que esta compensación se establezca anualmente.

De ello se deduce que la propuesta del PRC vale para el PSOE riojano, para el Parlamento Riojano y para las Cortes Españolas, pero para el Senador resulta ser una  patochada.

Pero hay más; para rematar la jugada, resulta que el nuevo art. 46 del Estatuto de La Rioja fue apoyado en las Cortes por el Senador, con lo que hay que concluir que, o no sabe lo que vota o vota lo que cree que es una patochada, que no sé qué es peor.

El Senador rechaza asimismo la alusión a la unidad de mercado como base para rechazar los excesos en la aplicación del Concierto Vasco.

En el PRC creemos que determinada aplicación del Concierto Vasco, por ejemplo las llamadas "vacaciones fiscales", es contraria a la Constitución Española y al principio de unidad de mercado; y que excluir este tipo de decisiones del recurso contencioso administrativo es un peligro para las Comunidades limítrofes. Esto para el Senador también es una patochada.

Pues bien, aun a riesgo de merecer algún calificativo peor, le debo recordar al Senador que, por ejemplo, la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del Pais Vasco que anuló las "vacaciones fiscales vascas", y la del Tribunal Supremo que la confirmó, encuentran uno de sus fundamentos más relevantes en el efecto frontera sobre las Comunidades Autónomas limítrofes al Pais Vasco y en el mantenimiento del principio de "igualdad de las condiciones básicas de ejercicio de la actividad económica", principio que es uno de los pilares de la "unidad de mercado" establecida en la Constitución Española, tal como la ha entendido en reiteradas sentencias nuestro Tribunal Constitucional. Es más, la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre este asunto se fundamenta en parte en este principio.  

Por tanto, la disyuntiva en este caso consiste en aplicar el calificativo de patochada a la interpretación del TSJPV, del Tribunal Supremo o del Tribunal de la UE, o, por el contrario, al juicio precipitado del Senador. Dejo al lector la difícil tarea de escoger entre ambas alternativas.

Otra patochada, según el Senador, es establecer cautelas o garantías en materia tributaria y financiera en los Estatutos de Autonomía, porque se vulneraría lo establecido en los arts. 31.3 y 131 de la Constitución.

Pues bien, resulta como poco sorprendente esta afirmación, cuando este tipo de previsiones se encuentran en todas las reformas de los Estatutos de Autonomía aprobados en ésta y en la anterior legislatura, entre ellos el de Aragón, el de Valencia, el de Castilla y León, el de Andalucía y, por supuesto, el Estatuto de Autonomía de Cataluña, todos ellos con previsiones que el Senador considera patochadas. Y todos ellos aprobados con el voto favorable del propio Senador.

Como decía más arriba, o bien el Senador no sabe lo que vota o apoya con su voto lo que considera auténticas patochadas. A escoger.

Pero, ¿por qué cae en estas contradicciones?. Yo creo que porque tiene establecida la conclusión antes de articular el razonamiento; y la conclusión preestablecida es que hay que desacreditar al PRC y al Presidente de Cantabria en cualquier circunstancia.

Ello  le lleva a hacer juicios que suponen una absoluta contradicción personal y política, como he querido destacar antes. Pero también le lleva a hacer afirmaciones groseramente erróneas, no sé si por ignorancia o por malicia.

El error más evidente lo comete cuando afirma que "el Gobierno de Cantabria podrá recurrir esas normas, no como ahora ante el Tribunal de Luxemburgo, sino ante el Tribunal Constitucional, para lo cual está legitimado". Afirmación realmente sorprendente porque, en primer lugar, el Gobierno de Cantabria puede ahora recurrir las normas forales ante el Tribunal Superior de Justicia del Pais Vasco y ante el Tribunal Supremo en casación, además del Tribunal de Luxemburgo. Pero, en segundo lugar y lo más importante, porque a partir de la reforma, el Gobierno de Cantabria no sólo no podrá acudir al TSJPV y al Tribunal Supremo, sino tampoco al Tribunal Constitucional, porque es falso que esté legitimado para ello. Basta leer el art. 32.2 del la Ley del Tribunal Constitucional, también aprobado por supuesto con el voto del Senador.

Otro serio error lo comete cuando indica que el Concierto Vasco no tiene carácter indefinido, sino que está sometido a plazo en su vigencia. Totalmente falso, porque la Ley Orgánica 4/2002 estableció precisamente el carácter indefinido del Concierto Vasco ("se confiere por lo demás al Concierto Económico un carácter indefinido, con objeto de insertarlo en un marco estable que garantice su continuidad al amparo de la Constitución", dice la Exposición de Motivos). Y lo sorprendente de nuevo es que esta Ley Orgánica mereció también el voto favorable del Senador.

Supongo que a estas alturas el lector tendrá ya una idea aproximada de a quién le cuadra mejor el término "patochadas" para calificar sus afirmaciones.  

En todo caso, por parte del Partido Regionalista de Cantabria seguimos manteniendo la postura ya defendida ante la opinión pública, que podríamos resumir así: determinada aplicación de las previsiones del Concierto Vasco puede resultar lesiva para los intereses de Cantabria y puede atentar contra el principio de unidad de mercado; la modificación de las leyes orgánicas para excluir a las normas fiscales de las Diputaciones Forales vascas del recurso contencioso administrativo afecta, por tanto, negativamente a Cantabria; esa reforma, por otra parte, puede ser anticonstitucional; en consecuencia, se deben articular cuantos mecanismos de defensa sean posibles frente a ella, incluida la solicitud de compensaciones; y, finalmente, la fórmula más adecuada para garantizar los intereses de Cantabria es incluir previsiones de compensación y de garantía en el Estatuto de Autonomía, que es la norma básica y que también goza del carácter de ley orgánica. Como han hecho otras Comunidades Autónomas. Eso es lo más eficaz y lo más riguroso.

Por supuesto que esta postura está sujeta a crítica. Pero, antes de calificarla de patochada, yo creo que todos, y el primero el Senador, debiera documentarse mejor, estudiar un poco más, consultar a los expertos y pensar sus palabras al menos un par de veces. 

Imprimir Enviar compartir: ¿qué es esto? 0 comentarios vota el artículo: neutro neutro neutro neutro neutro

Comenta este artículo

Tu nombre (obligatorio)
Tu e-mail (obligatorio)
Deseo mostrar mis datos He leído y acepto la política de privacidad y las condiciones de uso

Listado de comentarios

comentarios 0 comentarios
© 1978 - 2009 Partido Regionalista de Cantabria. Amós de Escalante 2, 2º D. 39002 Santander
Tel. 942 22 91 77 Fax. 942 362337. prc@prc.es
W3C CSS W3C XHTML1 W3C AA WAI AA EUROCERT AA